Martes, 17 de Agosto del 2021

Beneficios Fiscales especiales para Parking - Estacionamientos

Con fecha 13 de abril de 2021, se publicó el Decreto N° 104/021 que introduce las siguientes modificaciones al Decreto N° 110/016, que reglamenta los beneficios fiscales de los proyectos de inversión de construcción, ampliación y explotación de estacionamientos vehiculares en zonas prioritarias: - Se extiende el plazo para realizar las inversiones. El plazo máximo pasó del 1° de enero de 2020 al 1° de enero de 2022. - Establece la posibilidad de realizar ampliaciones de proyectos promovidos por hasta un 30% de la inversión promovida. Para acceder a los beneficios establecido en el Decreto 110/016 se deben construir (o ampliar) y explotar estacionamientos en determinadas zonas prioritarias y que el proyecto implique un incremento de al menos 50 nuevas plazas vehiculares. BENEFICIOS FISCALES: - Exoneración de todo tributo de importación, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, de equipos, máquinas y materiales destinados a integrar el costo de la inversión promovida, siempre que hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional. - Crédito de IVA incluido en las adquisiciones de equipos, máquinas, materiales y servicios destinados a integrar directamente el costo de la inversión promovida. - Exoneración del Impuesto al Patrimonio a los bienes muebles, por toda su vida útil, y en el caso de las obras civiles, por el término de ocho años. Dichos activos se considerarán gravados a efectos del cómputo de pasivos. - Exoneración del IRAE a las rentas originadas en las actividades promovidas hasta un monto equivalente al 20% de la inversión elegible que se haya ejecutado. El monto a exonerar no podrá superar el 60% del impuesto a pagar en los ejercicios comprendidos en el período exonerado (como máximo 10 años). El porcentaje de exoneración de IRAE y el plazo se incrementarán en un 50% si se verifica alguna de las siguientes condiciones: -La construcción se realiza en fincas abandonadas, declaradas como tales por la Intendencia de Montevideo. - El estacionamiento construido supere las 75 plazas vehiculares. - Las ampliaciones realizadas superen las 75 nuevas plazas vehiculares. Link normativa:

https://www.impo.com.uy/bases/decretos-originales/104-2021