Beneficio para contratación de trabajadores menores de 29 años
Ley 19.973 de 08/2021 actualiza los beneficios para la contratación de Nuevos Trabajadores menores de 29 años.
A continuación se desarrollan las nuevas modalidades contractuales aplicables al sector privado, jóvenes de 15 a 29 años:
1) MODALIDAD SUBSIDIO TEMPORAL PARA CONTRATACIÓN DE JÓVENES DESEMPLEADOS (STJD):
| Población objetivo: | Subsidio: | Plazo: | Requisitos: |
Jóvenes de 15 a 29 años* en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 meses en los 24 meses previos a la contratación. *No
podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares
de empresa al momento de la contratación. | • 40% de la remuneración, con un tope máximo de $11.568 (Mujeres / Mujeres y varones con personas a cargo - jornada completa) • 40% de la remuneración, con un tope máximo de $5.784 (Mujeres / Mujeres y varones con personas a cargo jornada menor al máximo establecido por el laudo) • 30% de la remuneración, con un tope máximo de $8.922 (Varones sin personas a cargo jornada completa) • 30% de la remuneración, con un tope máximo de $4.498 (Varones sin personas a cargo jornada menor al máximo establecido por el laudo) | Contrato de 6 a 12 meses | Requisitos Generales (ver al final de la tabla) |
2) MODALIDAD PRIMERA EXPERIENCIA LABORAL (PEL):
| Población objetivo: | Subsidio: | Plazo: | Requisitos: |
Jóvenes de 15 a 24 años*, que no hayan tenido una experiencia formal de trabajo mayor a 90 días (continuos o discontinuos en 2 años) *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. | • $7.713 (Varones) o $9.640 (Mujeres) en jornada completa • $3.856 (Varones) o $4.820 (Mujeres) en jornada menor al máximo establecido por el laudo) • Finalizado el plazo del contrato, si el/la joven continúa su contratación en la empresa podrá tener exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por dicho/a joven hasta que cumpla los 25 años de edad. | Contrato de 6 meses a 12 meses, pudiendo percibir exoneración de aportes si la contratación continúa hasta los 25 años. | Requisitos Generales (ver al final de la tabla) |
3) MODALIDAD PRÁCTICA LABORAL PARA EGRESADOS (PLE):
| Población objetivo: | Subsidio: | Plazo: | Requisitos: |
Jóvenes de 15 a 29 años*, con formación previa y en busca de su primer empleo vinculado con la titulación que posean *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. *No haber sido contratado/a anteriormente por leyes de promoción al empleo | 15% de las retribuciones mensuales (materia gravada para seguridad social) del trabajador. Monto máximo del subsidio 15% de 2 SMN. | Contrato de 6 a 12 meses. | Requisitos Generales (ver al final de la tabla) Requisitos específicos: 1. Correspondencia formación/ trabajo: El puesto de trabajo y las tareas deberán ser adecuados al nivel de formación y estudios del joven. 2. Acreditar fehacientemente haber egresado de centros públicos o privados habilitados de enseñanza universitaria, técnica, comercial, agraria o de servicios. |
4) MODALIDAD TRABAJO PROTEGIDO JOVEN (TPJ):
| Población objetivo: | Subsidio: | Plazo: | Requisitos: |
Jóvenes de 15 a 29 años*, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. *No haber sido contratado/a anteriormente por leyes de promoción al empleo. | • 40% (Varones) o 60% (Mujeres) de las retribuciones mensuales • 60% (Varones) u 80% (Mujeres) de la remuneración, en contrataciones por convenio o por Programa con otras instituciones. Tope máximo de subsidio: 80% de 2 SMN. | Contrato de 6 a 12 meses. | Requisitos Generales (ver al final de la tabla) |
Requisitos Generales:
a. Estar en
situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS.
b. No tener
rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría
laboral que la persona joven a contratar, con excepción de aquellas rescisiones
fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo
excepciones autorizadas por MTSS).
c. Tener 1 o
más trabajadores en plantilla permanente
d. No estar
registradas como "usuarios de servicios" en BPS.
e. No ser
suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio
personal)
f. Los
contratos de trabajo para las modalidades subsidiadas, deberán tener una carga
horaria mínima de 20 horas semanales.
g. El plazo
de prueba será de 45 días en contrataciones de 6 a 8 meses, de 60 días en
contrataciones de 9 a 11 meses y de 90 días en contrataciones de 12 meses.
h. No tener
parentesco con los/as jóvenes a contratar dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo grado de afinidad.
i. Tope de
contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla
permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de 5 podrán
contratar hasta 2 jóvenes. Empresas de 1 a 5 trabajadores podrán contratar 1
joven. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).
Los beneficios se gestionan por la plataforma de VIA TRABAJO
Links normativos:
Modalidades Contractuales Aplicables al Sector Privado - Jóvenes